Ampliación del Recurso de Revocación en materia fiscal federal

Es improcedente cuando la persona contribuyente aduce desconocer el acto impugnado.

Cuando un contribuyente afirma no conocer el acto que impugna, no puede ampliar el recurso de revocación. La eliminación de esta posibilidad, derivada de la derogación del Artículo 129 del Código Fiscal de la Federación en 2013, busca agilizar el proceso del recurso de revocación. Aunque esta modificación restringe la ampliación del recurso, no limita el derecho del contribuyente a la justicia, pues puede impugnar actos administrativos a través del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, según lo establecido en el Artículo 16, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

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